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Dictaron la responsabilidad penal de Franco Acosta por el delito de homicidio

Por unanimidad el tribunal validó la teoría del caso expuesta por el Ministerio Público Fiscal a través de la Unidad Especializada de Homicidios II, al mando de Carlos Sale. En una segunda etapa se determinará el monto de la pena. Prisión preventiva por otros tres meses.

Este viernes, y luego de cuatro jornadas de debate, culminó la primera etapa del juicio contra Franco Daniel Acosta acusado por el delito de homicidio simple por un hecho ocurrido en la localidad de 7 de Abril, el 16 de octubre de 2021. El tribunal, por unanimidad, validó la teoría del caso expuesta por la Unidad Fiscal de Homicidios II del MPF, que conduce Carlos Sale, representada en el debate por el auxiliar de fiscal, Miguel Fernández, y asistido por Luciana Rozada Barchiesi y Eduardo Ricciuti, miembros del equipo investigativo de esa Fiscalía. De esta manera, Acosta fue declarado responsable penal y en una segunda etapa se establecerá el monto de la pena. Por tal motivo, el representante del MPF solicitó la prisión preventiva por otros tres meses, medida que también fuera autorizada teniendo en cuenta los riesgos procesales. En su resolución, el tribunal tuvo en cuenta las pruebas producidas por el Ministerio Fiscal donde quedó acreditada que la primera agresión correspondió a Franco Daniel Acosta mientras la víctima estaba auxiliando a su tío, luego de una pelea. “Tuvo plena conciencia de lo que hacía y en esas condiciones realizó una acción voluntaria dirigida a causar la muerte del señor Villagrán en la cabeza y con el mango de un látigo”, sostuvieron.

Con el mango de un látigo

En sus aportes, los testigos (presenciales y familiares) fueron contundentes al señalar la peligrosidad del elemento empleado, que le provocó la muerte, como así también que la víctima se encontraba de espaldas cuando recibió el golpe con el mango del látigo, de gran tamaño. Además, del informe de autopsia que señaló la causa de muerte por un traumatismo encéfalo craneano. “Al momento de recibir el golpe, la víctima se encontraba de espaldas, en base a los testimonios de testigos, lo que eleva la indefensión como elemento adicional a la hora de la pena. Se trata de una persona joven que tenía toda una vida por delante y un niño de cuatro años. Al momento de plantearse cuál fue el arma utilizada, los testigos señalaron que se trataba de un arma peligrosa. Por lo tanto, Acosta sabía que podía arrebatarle la vida”, sostuvo en su alegato de cierre, el Auxiliar de Fiscal.

La teoría del caso

En fecha del 16 de octubre de 2021, a las 20:30 horas aproximadamente, en la localidad de 7 de Abril (Burruyacú) se encontraba una gran cantidad de gente del lugar y de zonas aledañas en el domicilio de “Ricky” Bazán (tío del imputado), donde se desarrollaba una riña de gallos. Momentos después, dos grupos de personas mientras se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas comenzaron a pelearse. Todo habría iniciado cuando “Corchín” Rodríguez golpeó a “Pepe” Villagrán. Posteriormente, su sobrino, Nicolás Villagrán intentó calmar la pelea y fue en ese momento que Franco Acosta con un mango de látigo lo golpeó en la cabeza con intenciones de causarle la muerte. Provocando que cayera al piso y perdiera abundante sangre. La víctima fue trasladada por su hermano a su domicilio ubicado en El Remate en la localidad de Pellegrini en Santiago del Estero. Posteriormente, fue llevado al Caps de Nueva Esperanza también en esa provincia vecina, luego al Hospital de La Banda y, por último, al Hospital Regional, donde falleció el 20 de octubre por un traumatismo encéfalo craneano.

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