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Famaillá: Condenan a “Coy” por una serie de robos cometidos en distintos barrios de la ciudad

El sujeto de 26 años reconoció su culpabilidad en tres hechos delictivos ocurridos entre 2024 y 2025. La Unidad Fiscal de Delitos Contra la Propiedad de Monteros, dirigida por Gerardo Salas, arribó a un acuerdo de juicio abreviado que incluye una pena de ejecución condicional y reglas de conducta.
El Ministerio Fiscal homologó este miércoles un convenio de juicio abreviado pleno arribado conjuntamente con Pablo Miqueas Gómez (26), imputado por tres hechos de robo cometidos en la ciudad de Famaillá. Durante la audiencia, el auxiliar de fiscal Cesar Larry expuso los términos del acuerdo, que contó con la conformidad de las víctimas y el reconocimiento de responsabilidad por parte del acusado.
De acuerdo con la acusación pública, el primer episodio por el cual fue condenado ocurrió el 28 de agosto de 2024, en el puente de la ruta provincial 301. En esa oportunidad, Gómez abordó a un transeúnte, le pidió su teléfono celular con la excusa de anotar un número y luego se negó a devolverlo. Para asegurar su huida, amenazó a la víctima simulando portar un arma de fuego entre sus prendas. Este hecho fue calificado como robo simple.
El segundo ilícito tuvo lugar el 7 de noviembre de 2024 en el barrio Elías de Pérez. El imputado ingresó a una vivienda por el portón del frente y de una mesa que se encontraba en la galería sustrajo una mochila que contenía $250.000. Por este acto, se le atribuyó el delito de hurto simple.
Finalmente, el 30 de octubre de 2025, Gómez fue sorprendido nuevamente en el barrio Elías de Pérez mientras escapaba por la tapia del fondo de un domicilio con una bomba de agua. Por este tercer legajo, la calificación legal fue de hurto calificado.

La sentencia
Tras la exposición de las pruebas y el reconocimiento del imputado, el representante del MPF señaló que las partes acordaron la pena de un año y tres meses de prisión de ejecución condicional.
El magistrado interviniente validó el acuerdo e impuso a Gómez el cumplimiento obligatorio de reglas de conducta por el plazo de dos años, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento o de cometer un nuevo delito, la pena pase a ser de cumplimiento efectivo en el servicio penitenciario.

