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Policiales

Modificaron la Ley de Alquileres: qué cosas cambiaron y cuáles se mantienen

CONGRESO

Diputados aprobó el texto que había sido modificado en el Senado. De esta manera, el oficialismo impuso su proyecto de reforma y dejó de lado el de la oposición.

En la madrugada de este miércoles, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la reforma a la Ley de Alquileres con los cambios impulsados por el bloque del Frente de Todos. La votación final fue de 128 votos a favor y 114 en contra. La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Rio Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda. Asimismo, fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Rio Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

¿Cuáles fueron las modificaciones que se hicieron a la ley? Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”. Es decir, no se pueden publicar alquileres en dólares y en lugar de un solo aumento anual, se podrán hacer dos a lo largo del año, con un espacio de seis meses.

Otro de los ajustes hechos en el Senado y que Diputados aprobó, tiene que ver con el mecanismo de actualización del precio. El Congreso estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”. La oposición había propuesto una “liberación” en el mecanismo, es decir que quede sujeto al acuerdo entre las partes que realizan el alquiler, además de que sugería permitir aumentos cada cuatro meses y que los contratos vuelvan a tener una duración de dos años.

En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP. Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

Fernando Guzmán, presidente de la Cámara de Inmobiliarias de Tucumán, dialogó con el móvil de eltucumano respecto a las repercusiones de estas modificaciones. Aseguró que se trata de “un avance, después de tanta incertidumbre” y contó que “en los últimos meses no había propietarios que quieran firmar contratos como decía la ley”.

Advirtió que aún resta la promulgación de la ley, que la tiene que hacer el presidente Alberto Fernández, y de ahí “hay que ver qué pasa, si el mercado lo toma”. También contó que “el índice que se va a aplicar a partir de ahora es alrededor de un 30% menor respecto al que se utiliza hoy”

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