Designó a dos funcionarios que tendrán la facultad de elaborar un “plan de reformulación” para las empresas del Estado.
El Gobierno nacional oficializó este lunes la intervención de los medios públicos por el plazo de un año, que podría ser prorrogado por única vez por la Jefatura de Gabinete.
La medida se conocía desde hace algunos días, pero fue publicada recién hoy en el Boletín Oficial y alcanza a la agencia de noticias Télam, Radio y Televisión Argentina (RTA) -que componen la TV Pública, Radio Nacional y RAE (Radiodifusión Argentina al Exterior)-, Educ.Ar y Contenidos Públicos.
A través del decreto 117/2024, el Gobierno designó como interventor, con carácter ad-honorem, al abogado Diego Chaher. En la misma resolución se nombró como interventor adjunto -también con carácter ad-honorem- al letrado Sebastián Marías. La medida podría ser el primer paso para avanzar con la privatización de estas empresas, una de las promesas de campaña del presidente Javier Milei.
En el ejercicio de sus cargos, “el interventor y el interventor adjunto tendrán, en forma conjunta, las facultades que los respectivos estatutos de las empresas intervenidas confieren al Directorio y a su presidente”, según se sostiene en el articulado de la norma.
Deberán también “elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción para las sociedades, el cual deberá ser puesto a consideración del Poder Ejecutivo”.
Además tendrán la tarea de “evaluar, modificar el Estatuto para el Personal del organismo y aprobar uno nuevo”, así como propiciar cambios “en el régimen de administración de fondos, ampliando o reduciendo las partidas presupuestarias o aprobar uno nuevo”.
En tanto, podrán modificar “el Reglamento de Contrataciones de obras, bienes y servicios del organismo y cambiar “la denominación de los organismos, previa conformidad del Ejecutivo.
Las nuevas autoridades de los medios públicos también estarán en condiciones de “modificar la estructura orgánica y funcional, los organigramas correspondientes y los Regímenes Profesionales del Personal contratado, de planta permanente y de gabinete y/o aprobar una nueva”, según se establece en el articulado de la norma.
Además podrán “revisar la administración de compras y contrataciones” y “disponer una auditoría integral sobre el estado de las instalaciones, bienes que se recepcionan y estado de los mismos”.
Deberán “presentar la rendición de cuentas; operar y mantener las sociedades, de modo de optimizar la gestión administrativa con miras a tornar sustentable dichas empresas y designar y remover a funcionarios y personal de cada una de las sociedades mencionadas”.
El decreto determina que tanto el interventor como el interventor adjunto puedan “vincularse a otros aspectos regulatorios, a acciones de auditoría y sanciones, a aspectos económico-financieros y a la protección de los derechos de los usuarios”.
En caso de detectarse alguna anomalía, “deberán informar con precisión su significatividad económica y el impacto que ocasiona o ha ocasionado sobre la gestión, aportándose la totalidad de la información o documentos de trabajo respectivos y asesorando sobre las acciones y medidas que corresponda adoptar”.
En el articulado se fija que “el interventor tendrá en forma exclusiva facultades de representación de las sociedades”, y que el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, “dispondrá los ajustes necesarios en el Presupuesto de la Administración Pública Nacional a efectos de atender los requerimientos que surjan como consecuencia del presente acto”.
Asimismo, se faculta a la Jefatura de Gabinete o al organismo que esta dependencia de Gobierno determine “a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del presente”.
El decreto lleva las firmas del presidente Milei y del ministro del Interior, Guillermo Francos.
En los fundamentos de esta normativa, se recuerda que esta decisión está en línea con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 el diciembre de 2025.
La citada norma “tuvo en consideración que, a los fines de una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público, resulta necesario efectuar una profunda reorganización de las empresas públicas”.
Y que mediante ese DNU se derogó la ley 20.705 y “se dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades”, se subraya en los fundamentos.